Trámite o Servicio: Ingreso al Grupo de Desarrollo del Programa Red Móvil -Salud y Bienestar Comunitario

Fecha de Publicación: 2024-01-25

Dependencia responsable:Dirección del sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del municipio de Purísima del Rincón
Quién puede solicitar:Personas interesadas mayores de edad que habita en zonas de atención prioritaria.
En qué consiste:Impulsar la organización comunitaria y la participación social que contribuyan a generar capacidades autogestoras en las comunidades, así como la instrumentación de proyectos que cubran necesidades básicas de la población de localidades rurales y urbanas.
Documento que se obtiene:Padrón de personas beneficiarias
Costo:0.00
Tiempo de respuesta:Sujeto a disposición de SDIFEG
Figura jurídica:Afirmativa ficta: No | Negativa ficta: No
Vigencia:1 año
Fundamentos de ley:Ley de Asistencia Social y Fortalecimiento Familiar para el Estado de Guanajuato, en el Artículo 4. Tienen derecho a la asistencia social las personas y familias que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas, económicas o sociales requieran de servicios especializados para su protección y desarrollo integral, entre las que se comprenden, preferentemente, y Artículo 33. La adscripción orgánica y naturaleza jurídica de los DIF Municipales será determinada por cada Ayuntamiento. Cuando los DIF Municipales cuenten con órganos consultivos, sus integrantes deberán seleccionarse de entre los sectores público, social y privado y no recibirán retribución, emolumento o compensación alguna por la prestación de sus servicios. El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la igualdad jurídica entre hombre y mujer, la protección de la familia, el derecho a la planificación familiar, a la salud, a un medio ambiente sano, a una vivienda digna, derechos de la niñez, identidad, cultura y acceso al agua.
Fundamentos reglamentarios:REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA QC0107 RED MÓVIL, SALUD Y BIENESTAR COMUNITARIO PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2026
Observaciones:Instancias normativas y ejecutoras Articulo 20. El diseño, regulación y ejecución del programa compete a las instancias siguientes: l. Como instancia normativa federal, al DIF Nacional, a través de la Dirección General de Alimentación y Desarrollo Comunitario, a quien compete la definición de los aspectos que regulan la ejecución del programa social a nivel nacional, a través de la EIASAOC, al estar financiado con recursos federales provenientes del Fondo de Aportaciones Múltiples, en su componente de asistencia social, con fundamento en la estructura programática respectiva del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026,
Sanciones:Artículo 26. Las personas servidoras públicas que incumplan las disposiciones previstas en estas Reglas de Operación serán sujetas a la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato y demás normativa que resulte aplicable para cada caso en concreto.

a) Selección de localidad de apertura.

b) Convocatoria del programa en la localidad de apertura.

c) Difusión y presentación del programa.

d) Selección de personas representantes del grupo de desarrollo comunitario.

e) Aplicación de herramientas participativas.

f) Constitución de grupo de desarrollo comunitario.

g) Elaboración de Diagnóstico participativo.

h) Elaboración del programa de trabajo comunitario.

i) Conformación de comités participativos.

j) Cierre de actividades de la modalidad de apertura.

Artículo 17. Las personas interesadas en los apoyos del programa deberán entregar, a través de los DIF
Municipales, los requisitos siguientes:

I. Tratándose del apoyo señalado en el artículo 14, fracción I
a) Copia simple de la CURP;
b) Copia simple de identificación oficial vigente con fotografía; y
c) Copia simple de comprobante de domicilio.

Estos documentos conforman el expediente personal de la persona beneficiaría.
Los requisitos referidos en esta fracción deben entregarse en las oficinas de los DIF Municipales ubicadas en los domicilios señalados en el Anexo 16. Los DIF Municipales, de conformidad con el artículo 12 de las presentes reglas de operación, son los responsables de resguardar, custodiar y archivar la información y documentación en físico que integra el expediente personal de las personas beneficiarías en términos de los convenios respectivos, la cual deberá ser puesta a disposición de la Coordinación mediante los mecanismos que ésta determine.

Tratándose de los apoyos que, excepcionalmente y de acuerdo a su disponibilidad, podrán brindarse a personas que no formen parte de un grupo de desarrollo comunitario, las personas interesadas deberán entregar los requisitos en las oficinas del DIF Estatal en el domicilio señalado en el Anexo 16 o de manera electrónica a través del correo redmovil.difestatal@quanaiuato.qob.mx.

II. Tratándose de los apoyos señalados en el artículo 14, fracciones II, III y IV, los criterios de elegibilidad se acreditarán mediante actos de verificación que realice la Coordinación, de conformidad con el artículo 22.

Dependencia:Sistema DIF Municipal (Red Móvil, Salud y Bienestar Comunitario)
Dirección:Av. de la Juventud s/n Col. Guanajuatito
Horario:08:00 am - 16:00 pm
Teléfono:476-743-53-17
Correo:dif@purisimadelrincon.gob.mx

Dependencia:Contraloría Municipal
Teléfono:(476) 743 55 61 Extensión: 2000
Correo:contraloria@purisimadelrincon.gobmx